11 abril, 2018

Requisitos para adopción Nacional

De conformidad con el art. 175 del Código Civil, los adoptantes deben reunir los siguientes requisitos: Ser mayores de 25 años ( basta que uno de ellos haya alcanzado dicha edad). Que la diferencia máxima de edad entre adoptado y adoptante no sea superior a 40 años (se hace la media de edad en caso de pareja). Haber presentado la correspondiente solicitud en el Registro de Adopciones. Poseer unas condiciones psico-pedagógicas y socio-económicas mínimas como pueden ser: Que el medio familiar reúna las condiciones adecuadas para la atención del menor respecto a su salud física y psíquica (situación socio-económica, habitabilidad de la vivienda, disponibilidad de tiempo mínimo para su educación). En el caso de cónyuges o personas que convivan habitualmente de hecho, que exista una relación estable y positiva (se valora convivencia mínima de 2 años). Que existan motivaciones y actitudes adecuadas para la adopción. Que exista voluntad compartida por parte de ambos en el caso de ser cónyuges o parejas de hecho. Que exista aptitud básica para la educación de un niño. Será negativo que los solicitantes condicionen la adopción a las características físicas, al sexo o a la procedencia socio-familiar de los menores, así como la ocultación o falseamiento de datos relevantes para la valoración por parte de los solicitantes.

No hay comentarios: